Usted es el apelante
Apelar la orden de deportación ante el BIA
El juez de inmigración emitió una orden de deportación o negó su solicitud de asilo u otra protección. Usted puede apelar esa decisión ante el Board of Immigration Appeals (BIA). Si actúa dentro del plazo, la orden generalmente no se vuelve final.
Qué significa que el juez negó su caso
La orden NO es final todavía
Una orden de deportación de un Juez de Inmigración no se convierte en una orden final si usted presenta una apelación oportuna ante el BIA. Mientras la apelación está pendiente, la decisión del juez no es final.
La deportación queda en pausa
Presentar el EOIR-26 a tiempo generalmente suspende (pausa) la ejecución de la orden de deportación hasta que el BIA decida el caso. Usted puede permanecer en Estados Unidos mientras la apelación está pendiente.
Su permiso de trabajo puede continuar
Si la apelación está pendiente ante el BIA, usted generalmente puede conservar su permiso de trabajo existente (EAD) y solicitar su extensión o renovación mientras el caso avanza.
El BIA puede tardar años en decidir
El BIA tiene una carga de trabajo considerable. Los tiempos de resolución varían según la complejidad del caso y la carga del tribunal. Durante ese tiempo, si la apelación fue presentada a tiempo, usted generalmente puede permanecer en EE. UU. y mantener su caso activo.
30 días. Sin excepciones.
El Formulario EOIR-26 (Notice of Appeal) debe presentarse ante el BIA dentro de los 30 días calendario desde la decisión del juez. No desde que recibió la orden escrita. No desde que contrató a un abogado. Desde la decisión.
Los pasos del proceso
Consulta urgente
Revisamos la decisión del juez, la fecha exacta de la audiencia y los fundamentos del caso. Identificamos los errores legales del juez que pueden revertirse en apelación.
Presentación del EOIR-26
Presentamos el Notice of Appeal dentro del plazo de 30 días. Este paso suspende la orden de deportación y mantiene activo su EAD. Es el paso más urgente.
Suspensión de la deportación
Una vez presentado el EOIR-26 a tiempo, la orden de deportación queda suspendida. Usted puede permanecer en EE. UU. mientras el BIA decide el caso.
Extensión del permiso de trabajo
Con la apelación pendiente, usted generalmente puede renovar su EAD. Le ayudamos a gestionar la renovación para que no pierda su autorización de trabajo.
Redacción del brief legal
Elaboramos un escrito legal detallado que identifica los errores del juez y los argumentos legales más sólidos para el BIA. Este documento es el corazón de la apelación.
Espera y resolución del BIA
El BIA revisa el expediente y emite su decisión. Si el BIA decide a su favor, puede revertir la orden o devolver el caso al juez. Si niega, puede apelar a un tribunal federal.
Preguntas frecuentes — Apelación por negativa
¿Puedo apelar aunque el juez haya negado mi caso por completo?
Sí. El hecho de que el juez haya negado su caso no significa que la decisión sea correcta. El BIA revisa si el juez cometió errores legales. El BIA puede confirmar la decisión, revocarla o devolver el caso al juez.
¿Qué pasa si ya pasaron los 30 días?
Si el plazo venció, las opciones se reducen drásticamente. En casos muy limitados puede haber recursos extraordinarios. Contáctenos de inmediato para evaluar si existe alguna opción en su caso.
¿Puedo presentar el EOIR-26 sin tener el brief completo?
Sí. El EOIR-26 puede presentarse incluso sin el brief completo. Lo más importante es presentarlo dentro del plazo de 30 días. El brief se presenta después.
¿Qué pasa si el BIA niega mi apelación?
Si el BIA niega su apelación, puede apelar a un tribunal federal de circuito (Court of Appeals). Esto abre una nueva etapa del proceso legal.
¿Recibió una orden de deportación?
No espere. Cada día que pasa es un día menos para presentar la apelación. Contáctenos hoy para una evaluación urgente de su caso.
Las consultas se agendan. Complete el formulario y podrá elegir un horario en ese momento.